91 292 19 02 defentis@defentis.com

Pese a ser una de las principales causas de mortalidad, los accidentes cardiovasculares o infartos aún siguen siendo objeto de debate cuando suceden en el ámbito de trabajo. Esto se debe principalmente a que los límites son poco claros y no existe una regla que precise el momento exacto en el que se ha producido un accidente de trabajo.

De por sí, como líneas generales, se considera accidente de trabajo a cualquier tipo de lesión corporal que un trabajador sufra en un contexto laboral por cuenta ajena. Entre las condiciones que contemplan los tribunales se encuentran los siguientes requisitos:

  • que exista un nexo causal entre trabajo y lesión;
  • que haya sucedido dentro de la jornada laboral o en el camino de ida o vuelta a la misma;
  • o que, en el caso de ser una enfermedad preexistente, se pueda probar que fue agravada como consecuencia de una lesión en el contexto laboral.

Ahora bien, en cuestiones de patologías cardíacas, la jurisprudencia señala que podrán ser consideradas como accidente de trabajo siempre y cuando éstas se manifiesten en el tiempo y lugar de trabajo. De esta manera, los familiares o el afectado deberán probar que la lesión sucedió efectivamente dentro de esta condición.

En el caso de que el trabajador padezca patologías cardíacas con anterioridad sucede lo mismo que con cualquier otro tipo de enfermedad preexistente: requerirá de una prueba fehaciente de que el trabajo ha producido un agravamiento de la enfermedad.

Similar es si el trabajador tiene síntomas previos en días anteriores. El Tribunal Supremo ha establecido que cuando existen síntomas en su casa el día anterior y persisten durante la jornada laboral, la contingencia es considerada laboral. Esto se debe a que no se puede descartar que la crisis sea consecuencia de tensiones en la ejecución del trabajo.

Accidente de trabajo en condiciones difusas

Si bien existen casos muy claros, como pueden ser los de muerte súbita ocurrida en tiempo y lugar de trabajo, pueden darse accidentes en los que las condiciones son más imprecisas y difusas.

Tal es el caso de los infartos ocurridos antes o después de la jornada laboral o en ocasiones de trabajo de guardia desde su domicilio.

Para empezar, en los casos de infarto ocurrido antes de comenzar la jornada, por ejemplo en las inmediaciones del edificio o los vestuarios de una fábrica, serán contempladas circunstancias adicionales para considerarlo accidente de trabajo. Por ejemplo, que exista un plus de puntualidad o cualquier otra circunstancia que permita considerar este tiempo como laboral.

No será considerado accidente de trabajo si el hecho no sucede como consecuencia de una actividad laboral o fuera del denominado «tiempo de trabajo».

Para los infartos ocurridos tras la finalización de la jornada, se tendrá en cuenta como determinante si el trabajador presentó síntomas en tiempo y lugar de trabajo y si cuenta con antecedentes médicos de esta naturaleza. Además, será considerado accidente de trabajo si no puede descartarse que el infarto tuviera como desencadenante el estrés laboral.

Un caso en particular a tener en cuenta es cuando el trabajador se encuentra en misión, es decir, que se desplaza a un sitio diferente para realizar alguna actividad laboral. Para esta situación, el Tribunal Supremo dictamina que la empresa deberá contemplarlo como tiempo y espacio laboral.

Por último, los infartos ocurridos en el domicilio en situación de guardia no son en líneas generales considerados accidente laboral. Para que puede corroborarse una relación de causalidad, se deberá comprobar que efectivamente se le realizó un llamamiento al trabajador de guardia antes de sufrir el accidente cardiovascular.

En conclusión, deberá siempre comprobarse que sucedió en tiempo y lugar laboral o como consecuencia de las tareas realizadas para poder efectivamente determinar que fue un accidente de trabajo. Para ello, es básico dejarse asesorar por abogados expertos en la materia, como los de Defentis, para poder valorar cada situación y plantear el mejor escenario posible.